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Reforma ley de propiedad horizontal: Dudas entre vecinos

  • Blog Aucal
  • 02-10-2013
  • ACTUALIDAD

Ley de Propiedad HorizontalExisten muchas dudas entre vecinos sobre la reforma de la ley de la propiedad horizontal. ¿De que forma afectan los cambios al día a día?

Los temas que más preocupan a los vecinos después de la reforma de la ley de propiedad horizontal son: las mayorías necesarias para aprobar obras para instalaciones en zonas comunes, como por ejemplo ascensores. Y es que con la entrada en vigor de la nueva ley de rehabilitación, renovación y regeneración urbana, la aprobación de sólo un tercio de los propietarios es suficiente para realizar determinadas reformas.

De las más de 90.000 consultas mensuales realizadas a Legálitas, 20.000 tienen que ver con temas relacionados con comunidades de vecinos, lo que supone un incremento del 18% desde la entrada en vigor de la nueva Ley de rehabilitación, renovación y regeneración urbana que modifica la Ley de Propiedad Horizontal, introduciendo cambios tan relevantes como el porcentaje de propietarios necesario para aprobar una reforma que afecta a la comunidad.

Las reformas son precisamente el tema que más preocupa con un incremento de consultas del 12%. A las reformas habituales propuestas durante el invierno se suman las propias de la época estival. Además, en las comunidades de viviendas se suelen celebrar las juntas de propietarios que suelen suponer un elevado número de consultas por conflictos en la interpretación de las normas entre los distintos propietarios, lo que hace más necesario el asesoramiento legal.

El hecho de que las mayorías para poder aprobar algunas reformas hayan sido modificadas en esta nueva reforma legislativa genera una gran confusión entre muchos propietarios.

Desde Legálitas se informa de que la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal por la cual un tercio de los propietarios pueden aprobar una reforma sólo afecta a la instalación de infraestructuras comunes para el acceso a servicios de telecomunicación, a nuevos suministros energéticos o el aprovechamiento de energías renovables.

Así si antes se necesitaba más de la mitad de votos favorables para poner, por ejemplo, una antena parabólica comunitaria, ahora el 33% es suficiente. Es importante saber que los propietarios que no voten a favor no se verán obligados a pagar la instalación pero tampoco podrán hacer uso de la infraestructura.

Legálitas está recibiendo numerosas consultas de propietarios que no habiendo abonado los gastos de instalación, quieran después hacer uso de la nueva infraestructura. Para estos casos la Ley prevé que podrán hacerlo previo pago del importe que les hubiera correspondido actualizado.

Por último, existen otros aspectos que preocupan a los propietarios como los casos de molestias vecinales como las provocadas por obras en las viviendas de los vecinos, ya que son muchas las personas que aprovechan la época vacacional y el inicio del curso escolar para realizar diversas reformas en sus viviendas habituales.

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