Alquilar una propiedad siempre es un reto, tanto para inquilinos como propietarios. Tan importante es dar con un buen casero como con un buen alquilado. Puede ser que el inquilino sea ruidoso y conflictivo. ¿Qué hacer ante este problema? ¿Cómo solucionarlo? Aquí tienes las claves.
Propietarios frente a inquilinos ruidosos ¿Cuál es la solución?
A la hora de alquilar una propiedad, pueden darse algunos escenarios desagradables tanto para el propietario como para la comunidad de vecinos.
En este sentido, puede resultar que el inquilino sea ruidoso y conflictivo, de manera que no respeta los principios de convivencia básicos para mantener una comunidad pacífica y agradable para los vecinos.
Una comunidad que puede exigir cuentas al inquilino y al propietario si no emprende las acciones pertinentes para solucionar el asunto. Esta es, por lo tanto, una situación desapacible para el propietario. Pero ¿existen soluciones? Por suerte sí y amparadas por la ley. Te contamos todo a continuación.
Cuando el inquilino es ruidoso y molesta a la comunidad
La convivencia puede verse afectada por un inquilino que no respeta el sueño de los vecinos con música a altas horas de la madrugada, gritos y ruidos innecesarios que afectan a la convivencia y al descanso de los vecinos.
La comunidad de vecinos puede exigir cuentas al propietario, el cual tiene la obligación de mediar para acabar con la situación, de lo contrario la justicia también tendrá en cuenta la responsabilidad conjunta del propietario e inquilino en la problemática vecinal.
El marco normativo de la situación
La situación presenta tres dimensiones normativas que marcan las infracciones, pautas para la actuación, así como las responsabilidades pertinentes. Son las siguientes:
- Las normas de la Comunidad de vecinos
La ley de propiedad horizontal establece que las normas de cada comunidad de vecinos ha de ser respetada por todos y cada uno de los vecinos, sean o no propietarios, por lo tanto, esto es extensible a los arrendatarios.
En el artículo 7.2 de la ley señala que ''al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas''.
- LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos)
El artículo 27.2 establece que la realización de actividades molestas por parte del inquilino es un motivo suficiente para la finalización del contrato de alquiler.
¿Cuáles son las consecuencias para el propietario?
Con la ley en la mano, la comunidad de vecinos puede exigir al propietario que solucione el conflicto, de lo contrario también se podría demandar al propietario por las actividades molestas del inquilino.

Mi inquilino es ruidoso, ¿qué puedo hacer?
Si la comunidad de vecinos te reclama que tu inquilino es ruidoso, existen una serie de pasos que puedes seguir para solucionar el problema.
1) Vía amistosa
Tal y como dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos, toda actividad molesta y nociva para la comunidad de vecinos, es motivo suficiente para la resolución del contrato. Sin embargo, esta resolución debe ser bilateral, y si el inquilino no accede, tan solo un juez podrá cesar el contrato.
En este sentido, puedes tratar de hablar con el inquilino y hacerle entender que es necesario un cese de la actividad, o de lo contrario te verás obligado a tomar medidas legales.
2)Burofax
Si tras tratar de solucionar el conflicto por la vía amistosa el inquilino sigue causando molestias al vecindario, es hora de enviar un burofax a través de un abogado y fundamentado jurídicamente haciéndole entender que su comportamiento tiene consecuencias legales, y que el siguiente paso es la demanda.
3)Demanda
Si después del envío de un burofax la situación sigue sin solucionarse, será entonces la justicia la que dictamine la solución y las responsabilidades de las partes.
En este sentido, el envío del burofax te ampara para mostrar que has tratado de mediar en el conflicto que causa tu inquilino.
Como verás, el proceso en caso de un inquilino ruidoso o conflictivo puede suponer un auténtico quebradero de cabeza, por eso es importante que definas previamente en el contrato todas las cláusulas pertinentes para la resolución, siendo una de ellas la reflejada en el artículo 27.2 de la LAU “cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Y aunque el proceso con la justicia es lento y como propietario se encuentres algo desprotegido, sí es cierto que al final los tribunales te darán la razón.
¿Eres propietario/a? ¿Has tenido tienes este problema?
¡Cuéntanos tu experiencia en los comentarios!
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